Fiscalidad
Factura rectificativa cómo corregir
Si te equivocas al facturar, no borres la factura: emites una rectificativa. Aprende cuándo y cómo hacerla bien.
Respuesta rápida
La factura rectificativa corrige una factura ya emitida con errores (datos, importe, IVA, cantidades) o cuando hay una devolución. Se hace siguiendo la referencia a la factura original: un número y serie, la causa de la rectificación y el importe corregido. No se borra la factura original: la rectificativa es el documento legal que la corrige.
Cuándo se usa
- Datos mal escritos (NIF, dirección, referencia).
- Importe o cantidades equivocadas.
- IVA o retención mal aplicados.
- Devoluciones o descuentos posteriores.
- Nunca para borrar una factura: la original sigue existiendo.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Puedo borrar la factura con error?
No. La factura original sigue siendo válida y debe conservarse. La forma correcta es emitir una factura rectificativa que la anule o corrija. Borrarla puede generar problemas con la AEAT.
¿Qué datos lleva la rectificativa?
Los de la factura original (número y serie), la causa de la rectificación, la descripción de los conceptos corregidos y el nuevo importe. En Presuu puedes generar la rectificativa desde la factura original.
¿Afecta al IVA que ya declaré?
Sí. La rectificativa se declara en el trimestre en que se emite (o en el de la operación, según el caso). Tu gestor te lo ajusta; Presuu te permite reemitir sin perder el historial.
14 días de prueba gratis
Corrige sin volver a escribir
- Sin tarjeta bancaria
- 14 días de prueba gratis
- Cancela cuando quieras
Próximamente
Presuu será compatible con Verifactu
Estamos preparando la compatibilidad con los sistemas informáticos de facturación (Verifactu) exigidos por la AEAT. Mientras tanto, puedes presupuestar, facturar y cobrar con Presuu con normalidad.
Fechas de obligatoriedad (RDL 15/2025)
- Sociedades (Impuesto sobre Sociedades)1 de enero de 2027
- Autónomos y resto de obligados1 de julio de 2027
Fechas según la ampliación publicada por la Agencia Tributaria. No sustituyen el asesoramiento fiscal personalizado.